¿Estás pensando en divorciarte? Estos son los aspectos clave que deberías saber

¿Estás pensando en divorciarte? Estos son los aspectos clave que deberías saber

Hoy en día, una separación, divorcio o ruptura conlleva una serie de transformaciones familiares y cambios tanto personales como sociales, que afectan tanto a los cónyuges, como a los hijos/as de éstos si los tuvieran.

Los hijos, el dinero, los bienes, etc., son asuntos que comúnmente propician discusiones y discrepancias entre ambas partes, por lo que en muchas ocasiones lo mejor es buscar asistencia letrada.

En nuestra entrada de hoy nos gustaría que resolvieras tus principales dudas acerca de los divorcios, como por ejemplo, sus tipos, qué hacer si se tienen hijos  y algunos consejos para que sea lo menos tedioso posible.

Tipos de divorcio

En España existen tres tipos de divorcio: el divorcio de mutuo acuerdo, el divorcio express (similar al de mutuo acuerdo) y el divorcio contencioso.

Divorcio de mutuo acuerdo

Ambas partes se ponen de acuerdo en cómo van a regular sus relaciones familiares después del divorcio y en régimen de separación de bienes. Son los divorcios más rápidos, ya que normalmente en tres meses se puede finalizar el proceso.

Este procedimiento hará que se pongan de acuerdo en aspectos como quién tendrá la guarda y custodia de los hijos en caso de que los haya, de la cantidad de la pensión de alimentos, quién la pagará, si tendrá lugar pensión compensatoria o no, o quién se quedará con el uso de la vivienda conyugal y otros bienes.

Divorcio express

Se trata del divorcio de mutuo acuerdo pero resolviéndose más rápido. En éste, los cónyuges llegan a un acuerdo, el cual se ve reflejado en un “convenio regulador” y sirve para establecer las reglas por las que se regirán sus vidas en cuanto a relaciones familiares a partir del divorcio.

Este acuerdo es un anexo que va acompañando a la demanda de divorcio de mutuo acuerdo que firma un abogado y un procurador.

Divorcio contencioso

El divorcio contencioso es, sin duda, el más difícil, ya que los cónyuges no se ponen de acuerdo en las medidas a adoptar y acuden al Juzgado para que sea el juez el que decida. A diferencia del juicio de mutuo acuerdo, en el divorcio contencioso se celebra un juicio y cada cónyuge deberá defender aquello que quiere.

El proceso es el siguiente: uno de los dos cónyuges presenta una demanda de divorcio contencioso contra el otro, donde debe explicar por qué quiere el divorcio y solicitar qué es lo que quiere o cómo quiere que se regule la relación familiar tras el divorcio.

Por lo tanto, en la demanda de divorcio contencioso se solicitará, entre otras cosas:

  • El divorcio: motivo principal de la demanda.
  • La asignación de la patria potestad (en el caso de que el matrimonio tenga hijos): habitualmente y, salvo casos muy excepcionales, la patria potestad es compartida por ambos progenitores. Solo se le otorga a uno de los dos cuando el otro está incapacitado para tomar decisiones sobre los hijos, por ejemplo, en el caso de un progenitor alcohólico, drogadicto, etc.
  • La asignación de la guarda y custodia: ésta puede ser a favor de uno de los cónyuges o una guarda y custodia compartida.
  • El régimen de visitas: en la demanda de divorcio deberá solicitarse para sí u ofrecerse para el otro cónyuge (el demandado) un régimen de visitas a los hijos.
  • La pensión de alimentos: en caso de que haya hijos dependientes económicamente de la unidad familiar, deberá asignarse a favor de éstos una pensión alimenticia. Para ofrecer determinada cantidad, deberá justificarse cuáles son los gastos habituales de los hijos (comida, ropa, estudios, medicamentos no cubiertos por la Seguridad Social…).
  • La pensión compensatoria: es la que abona un cónyuge a favor del otro para compensarle por el trabajo dedicado a la casa y a la familia. Actualmente, ya no suele otorgarse, ya que actualmente, por lo general ambos cónyuges trabajan y cuidan de la casa y sus hijos.
  • El uso del domicilio familiar: habitualmente el uso del domicilio familiar se le otorga al cónyuge que se le concede la guarda y custodia de los hijos y, en caso de que no los haya, al que disponga de menos medios económicos y esto puede incluso ocurrir aunque el domicilio sea del cónyuge al que no se le otorga la guarda y custodia por lo que se intenta es asegurar una vivienda a los hijos y, por lo tanto, también al progenitor que va a cuidar de ellos.
  • Reparto de bienes: el cónyuge demandante deberá detallar cómo quiere que sea el reparto de bienes.

Custodia de los hijos y pensiones

Si hay hijos menores en el matrimonio, el divorcio será siempre por vía judicial y el plazo dependerá de si hay mutuo acuerdo o no y de las características económicas y personales de la pareja. Los hijos menores son siempre el bien jurídico a proteger y sobre esta base se fijarán las condiciones del divorcio.

Conseguir una custodia compartida depende de la edad de las hijas e hijos y de las circunstancias diarias de los cónyuges. Si los menores tienen menos de tres años, la custodia suele recaer en la madre. A partir de ahí la custodia compartida es cada vez más habitual y siempre cuando ambos cónyuges dispongan de tiempo real para encargarse de sus hijos. Además, si hay custodia compartida, se evita la pensión de alimentos.

Desde Cortes & Co Abogados aconsejamos que, si estás en un proceso de divorcio o separación y tenéis hijos en común, sepáis gestionarlo en todo momento para que no sea perjudicial para ellos, que no los utilicéis en el conflicto ni canalicéis a través de ellos las tensiones que la ruptura les esté generando y, por supuesto, que intentéis en todo momento llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo para evitar alargar el proceso y convertirlo en algo estresante e incómodo.

Si necesitas más información o estás buscando alguien que tramite tu divorcio, no dudes en ponerte en contacto con nosotros llamándonos al  956 512 814 o al 649 337 815 / 666 535 920 o enviándonos un correo a cortes.co.abogados@gmail.com.